Planes especiales de sequía (PES)

Los planes especiales de sequía (PES) son la principal herramienta para la gestión del riesgo de sequía en el ámbito de las demarcaciones hidrográficas. Los PES diferencian tres situaciones diferentes: la sequía prolongada, la escasez coyuntural y la declaración de sequía extraordinaria. Para cada una de estas tres situaciones los PES establecen un sistema diferente de indicadores, escenarios y umbrales que determinan la aplicación de diferentes medidas.

Estado de sequía prolongada

La sequía prolongada se refiere a situaciones en las que una disminución temporal de las precipitaciones reduce significativamente las aportaciones hídricas (independientemente de las demandas). La sequía prolongada se evalúa mensualmente para cada una de las Unidades Territoriales de Sequía (UTS) de cada demarcación hidrográfica. En función de los valores que adquiere el indicador de sequía prolongada, cada UTS se sitúa en alguno de los escenarios posibles: ausencia o sequía prolongada. En los PES se establecen las medidas a aplicar cuando una UTS entra en situación de sequía prolongada.

Fuente: Elaboración propia a partir de Planes especiales de sequía (PES) e informes mensuales de seguimiento de las situaciones de sequía y escasez de las distintas demarcaciones.

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Estado de escasez coyuntural

La escasez coyuntural se refiere a situaciones en las que una disminución temporal de los recursos disponibles puede poner en riesgo la atención de las demandas existentes para usos socioeconómicos. La escasez coyuntural se evalúa mensualmente para cada una de las Unidades Territoriales de Escasez (UTE) de cada demarcación hidrográfica. En función de los valores que adquiere el indicador de escasez coyuntural cada mes, las diferentes UTE se sitúa en alguno de los escenarios posibles: normalidad, prealerta, alerta o emergencia. En los PES se establecen una serie de medidas progresivas a medida que el fenómeno avanza de unos escenarios a otros. Queda fuera del ámbito de los PES la escasez estructural, asociada a problemas permanentes de atención de las demandas, y no fruto de una situación temporal originada por la anomalía en las precipitaciones.

Fuente: Elaboración propia a partir de Planes especiales de sequía (PES) e informes mensuales de seguimiento de las situaciones de sequía y escasez de las distintas demarcaciones.

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Declaración de sequía extraordinaria

Se podrá declarar «situación excepcional por sequía extraordinaria» cuando en una o varias UTE coincidan escenarios de escasez (alerta o emergencia) con el de sequía prolongada. En esta situación extraordinaria el organismo de cuenca valorará la necesidad y oportunidad de solicitar al gobierno la adopción de las medidas que sean precisas en relación con la utilización del dominio público hidráulico, conforme a lo previsto en el artículo 58 del TRLA.

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